Para darse de alta recomendaría utilizar los puntos PAIT: os preguntareis qué es esto, pues bien:
Los Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT) son oficinas dependientes de las Administraciones Públicas y entidades públicas y privadas, (Ley 30/2005 de 29 de diciembre) así como de colegios profesionales, organizaciones empresariales y cámaras de comercio (Real Decreto 682/2003, de 7 de junio).
También hace referencia a la definición de PAIT el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
También podrían realizar funciones de PAIT los centros de Ventanilla Única Empresariales (VUE).
Para que una entidad pueda constituirse en PAIT, deberá firmar previamente un convenio con el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
El PAIT tiene una doble misión:
- Prestar servicios presenciales de información y asesoramiento a los emprendedores en la definición y tramitación telemática de sus iniciativas empresariales, así como durante los primeros años de actividad de la Sociedad de Responsabilidad Limitada.
- Iniciar el trámite administrativo de constitución
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